PROCESO DE BEATIFICACION
Te explico como se llega a Beatificar a una persona:
La beatificación requiere dos procesos: el primero, el llamado proceso de virtudes heroicas y, el segundo, el proceso que declara probado que Dios ha obrado un milagro por intercesión del fiel a quien se pretende beatificar.
El Proceso de Beatificación:
La causa de beatificación se introduce cuando un fiel ha fallecido con fama de santidad en diversos lugares del mundo y esa fama es constante y creciente. Para comenzar el proceso de beatificación, debe haber transcurrido un plazo mínimo de cinco años y un plazo máximo de cincuenta años desde la muerte del fiel, para evitar la desaparición de las exigentes pruebas que se requieren.
Durante esos cinco años, los promotores de una causa de beatificación pueden recoger las pruebas pertinentes, como testimonios de personas que hayan conocido en vida al fiel difunto con fama de santidad, para testificar de sus virtudes heroicas; también pueden hacer una biografía objetiva y detallada del futuro beato mediante libros, folletos, vídeos; y pueden recoger una cuidadosa y exigente documentación, con el fin de poder aportar todo esto al proceso de beatificación.
En los tiempos actuales de desarrollo tecnológico, las páginas web son utilizadas para dar a conocer el proceso de beatificación del fiel a más personas.
Las virtudes teologales son la fe, la esperanza y la caridad; y las virtudes humanas son muchísimas, pero se agrupan en las llamadas virtudes cardinales, que son la prudencia, la justicia, la fortaleza y la templanza.
Existe otro camino para la beatificación, diferente al proceso de las virtudes vividas en grado heroico, que es el martirio. El proceso de martirio lleva a comprobar si el fiel sufrió la muerte tormentosa por defender su fe cristiana. Son mártires quienes voluntariamente han derramado su sangre en defensa de su fe y cuya muerte ha sido causada por aquellos que odian o persiguen su fe cristiana.
El Postulador de la causa de beatificación o de canonización, es quien la impulsa ante la Sagrada Congregación para las Causas de los Santos. Por esto, el Postulador debe residir en Roma y se recomienda que sea un perito en historia, teología y derecho canónico para impulsarlas correctamente.
El proceso de beatificación se inicia ante el Tribunal del lugar donde falleció el fiel. El Obispo de ese lugar, a través de doctos censores teólogos, examina los escritos del siervo de Dios, para certificar que ninguno contiene alguna doctrina contraria a la fe y a las buenas costumbres cristianas. Cuando se dictamina que todos y cada uno de esos escritos no contienen ninguna nota discordante con la fe ni con las buenas costumbres cristianas, el Obispo, mediante Decreto, debe tomar la decisión de abrir o no abrir el proceso de beatificación, teniendo en cuenta el bien de la Iglesia universal.
Si decide abrirla, constituye “ex professo” un Tribunal, con al menos un Juez, un Promotor de Justicia y un Secretario-Notario, quienes buscarán la verdad del caso y recogerán las pruebas de las virtudes heroicas.
Cuando la causa es por martirio, las pruebas que se aportan se determinarán al momento de la muerte del Siervo de Dios.
El Tribunal interrogará a un número bastante amplio de testigos, tanto conformes con la causa, como contrarios a ella y, mejor aún, si han conocido en vida y personalmente al posible beato.
Cuando termina esta fase probatoria de virtudes heroicas o de martirio, se recoge todo lo actuado en un documento que se llama Positio, el cual se envía a la Congregación para las Causas de los Santos, en la Santa Sede. Allí, un Relator del Colegio de Relatores, impulsa la causa con suma exigencia, precisión, cuidado y rigor y prepara la Ponencia sobre las virtudes o sobre el martirio del Siervo de Dios.
Una causa será más importante y expedita entre mayor sea la fama de santidad del Siervo o Sierva de Dios, entre mayor sea el número de relatos de favores atribuidos a la intercesión del Siervo o Sierva de Dios y entre mayor sea el número de cartas que escriben los fieles.
El Postulador también deberá ir recogiendo toda la documentación que avale el milagro con informes médicos, declaraciones juradas, etc.
La Ponencia sobre las virtudes o sobre el martirio se presenta a la Comisión de Teólogos, quienes emiten su voto. Si éste es favorable, pasa a los Cardenales y Obispos miembros de la Congregación para la Causa de los Santos. Si su voto también es favorable, se presenta al Santo Padre una propuesta de que se apruebe el Decreto de las virtudes heroicas del Siervo de Dios, quien a partir de ese momento recibe el título de Venerable.
Las normas litúrgicas no permiten dar ningún culto a los Siervos de Dios declarados Venerables, pero desde el momento de su declaración cesan los sufragios por su alma.
Si la causa de beatificación se sigue por la vía del martirio, no se procede a la declaración de Venerable. Para la beatificación de los mártires no es necesario el proceso de virtudes heroicas ni el proceso del milagro, sino que si se aprueba el martirio del Siervo(a) de Dios, ante la Comisión de Teólogos y ante la Congregación para la Causa de los Santos, el Papa ordenará su beatificación, si lo considera conveniente para el bien de la Iglesia.
El proceso del milagro lo realiza e investiga el Obispo del lugar en que haya ocurrido éste. El milagro es un hecho físico que no es explicable por causas naturales y que se atribuye a la intercesión del siervo(a) de Dios, y debe ser probado, sin lugar a dudas. La mayoría de los milagros, pero no todos, suelen ser de tipo médico y esa “curación inexplicable por causas naturales” , deberá testificarla la persona que haya pedido y/o se haya beneficiado del favor, por intercesión del siervo de Dios.
El Postulador, antes de iniciar el proceso, deberá buscar asesoramiento de excelentes y prestigiosos médicos que, además, tengan recto criterio. Después de terminado el minucioso análisis del milagro, se redacta una Positio y se envían las actas a la Congregación para las Causas de los Santos. El milagro atribuido, si es una curación, se estudia en una Comisión de médicos peritos, después en un Congreso especial de Teólogos y, por último, en la Congregación de los Cardenales y Obispos. Si los informes de los tres grupos son favorables, se presenta al Santo Padre para que, si lo estima conveniente, emita un Decreto por el que se aprueba el milagro y se ordena la beatificación.
El 29 de septiembre de 2005, la Congregación para las Causas de los Santos afirmó que la beatificación, siendo un acto pontificio, será realizada por un Cardenal, en nombre del Santo Padre; normalmente ese Cardenal será el Prefecto de la Congregación para la causa de los Santos. El rito se realizará en la Diócesis que ha promovido la beatificación o en otro lugar idóneo, aunque a petición de los Obispos puede ser en el Vaticano, ya sea en la Basílica de San Pedro o en la Plaza de San Pedro, dependiendo del número de asistentes a la beatificación, que se realiza dentro de la celebración eucarística.